Poder y Derecho

08.11.2025

Por: Alex R. Zambrano Torres

Poder.-Luis Diez Picazo señala: "la prueba de lo que es el hombre la tenemos en su relación con su poder; sólo sabemos lo que realmente es un hombre cuando le vemos actuar políticamente, como legislador". / "…la doctrina jurídica se ha mantenido fiel a la adscripción de la idea de derecho a la esfera del poder. El derecho es una forma de poder o de poder jurídico. Es, dice De Castro, 'una situación de poder concreto'.[1]

Podría formularse al poder como la "capacidad de afectar y ser afectado", según propone Michel Foucault.

Cabanellas, más bien, conceptualiza al Poder como la "facultad para hacer o abstenerse o para mandar algo."[2] Este concepto es útil, pero demasiado pobre para nuestras pretensiones investigatorias, por lo que tomaremos el concepto de Michel Foucault que propone al Poder como la "capacidad de afectar o ser afectado. Relación de fuerzas."

Al respecto, Giles Deleuze explicando la Teoría de Foucault sobre el poder, escribe: "¿Qué es poder? La definición de Foucault parece muy simple, el poder es una relación de fuerzas, o más bien toda relación de fuerzas es una "relación de poder". Eso quiere decir, en primer lugar, que el poder no es una forma, por ejemplo la forma-Estado; y que la relación de poder no se produce entre dos formas, como el saber. En segundo lugar, eso quiere decir que la fuerza nunca está en singular, que su característica fundamental es estar en relación con otras fuerzas, de suerte que toda fuerza ya es relación, es decir poder: la fuerza no tiene otro objeto ni sujeto que la fuerza. Ahora bien, esto no significa un retorno al derecho natural, puesto que el derecho ya es de por sí una forma de expresión, la Naturaleza una forma de visibilidad, y la violencia algo concomitante o consecuente a la fuerza, no algo constituyente."[3]

El poder como "relación de fuerzas", fuerza como capacidad de afectar y ser afectado; capacidad de acción sobre la acción. El poder no está focalizado, no se tiene, sino que se ejerce. El poder no es una forma (figura, apariencia exterior de las personas y cosas[4]) concreta y determinada; no es la persona sino la capacidad de afectar o ser afectado (relación de fuerzas). El poder no es tampoco una institución (el Estado, iglesia, etc), no es el saber, sino el efecto de ese saber.

No existe poder si no hay sobre quien, qué, ejercerlo. El poder para ser necesita de otra fuerza que lo haga ser, es decir relación de fuerzas.

El poder, resumiendo, es la capacidad de afectar y ser afectado (relación de fuerzas) que pueden provocar acciones sobre acciones, como incitar, inducir, desviar, facilitar, etc. "Se puede, pues, concebir una lista, necesariamente abierta, de variables que expresan una relación de fuerzas o de poder y que constituyen acciones sobre acciones; incitar, inducir, desviar, facilitar o dificultar, ampliar o limitar, hacer más o menos probable...Esas son las categorías de poder.[5]

Deleuze hace una aclaración sobre el poder entendido por Foucault: "el poder no es esencialmente represivo (puesto que "incita, suscita, produce"); se ejerce más que se posee (puesto que sólo se posee bajo una forma determinable, clase, y determinada, Estado); pasa por los dominados tanto como por los dominantes (puesto que pasa por todas las fuerzas en relación). Un profundo nietzscheísmo."[6]

El poder no está definitiva y eternamente en las cosas, fluye; el poder se ejerce más que se posee "Un ejercicio de poder aparece como afecto, puesto que la propia fuerza se define por su poder de afectar a otras"[7]. "A la vez locales, inestables y difusas, las relaciones de poder no emanan de un punto central o de un núcleo único de soberanía, sino que constantemente van "de un punto a otro" en un campo de fuerzas, señalando inflexiones, retrocesos, inversiones, giros, cambios de dirección, resistencias. Por eso no son "localizables" en tal y tal instancia".[8]

Por último, podríamos agregar la siguiente cita: "Las relaciones de poder son relaciones diferenciales que determinan singularidades (afectos). La actualización que las estabiliza, que las estratifica, es una integración: operación que consiste en trazar "una línea de fuerza general", conectar las singularidades, alinearlas, homogenizarlas, serializarlas, hacer que converjan. Pero la integración total no se produce inmediatamente. Más bien se produce una multiplicidad de integraciones locales, parciales, cada una en afinidad con tales relaciones, tales puntos singulares. Los factores integrantes, agentes de estratificación, constituyen instituciones: El Estado, pero también la familia, la Religión, la Producción, el Mercado, incluso el Arte, la Moral... Las instituciones no son fuentes o esencias, no son ni esencia ni interioridad. Son prácticas, mecanismos operatorios que no explican el poder, puesto que presuponen las relaciones y se contentan con "fijarlas"; su función es reproductora, no productora."[9]

Subdivisión del poder.-

Estructuración en concordancia con el carácter de legitimación adoptado. Hemos, subdividido el poder por su origen en dos: poder divino y poder humano. Esto con motivo de hacer una distinción entre el tipo de poder sustentado antiguamente y el tipo de poder sustentado o legitimado en la actualidad. La referencia es para hacer evidente la condición premoderna y moderna del poder, y para darnos una idea referencial sobre las condiciones del Derecho.

a.- El poder divino.-

La mística, la magia, la divinidad han sido las ¿salvedades? con que se ha taponado los vacíos de lo incomprensible a la razón humana; las formas cómo los hombres ávidos de respuestas, explicaciones han acallado sus miedos al desconcierto, a lo inseguro, al caos que supondría no saber qué está pasando y porqué está pasando esto o aquello que afecta sus vidas.

Esta necesidad de conocimiento, de certeza, seguridad y previsibilidad ha provocado en el hombre otra necesidad: la de aceptar la certeza de lo profético, místico, divino; así ha calmado sus dudas y tormentos al caos, desorden, inseguridad, declarándose sumiso ante la explicación de la ley divina, que le resuelve el problema de su incomprensión e incertidumbre. Elevando las explicaciones de lo incomprensible a algo también incomprensible: Dios, la naturaleza, el cosmos.

Mediante este razonamiento, Dios es el explicador por excelencia de todo aquello que el hombre no entiende. Nacen, así, los inventores de la explicación mística, los intermediarios entre la divinidad y el hombre: monjes, reyes, chamanes, etc.

El conocimiento y la continuidad del conocimiento, la certeza de que el conocimiento es cierto, la garantía de esta certeza la daría, según esta teoría, Dios. Entonces el poder emana de la divinidad. "En efecto, ¿qué aseguraba en la filosofía occidental que las cosas a conocer y el propio conocimiento estaban en relación de continuidad? ¿Qué era lo que aseguraba al conocimiento el poder de conocer bien las cosas del mundo y de no ser indefinidamente error, ilusión, arbitrariedad? ¿Quién sino Dios garantizaba esto en la filosofía occidental? Ciertamente, desde Descartes, para no ir más allá, y aun en Kant, Dios es ese principio que aseguraba la existencia de una armonía entre el conocimiento y las cosas a conocer. Para demostrar que el conocimiento era un conocimiento fundado verdaderamente en las cosas del mundo, Descartes se vio obligado a afirmar la existencia de Dios."[10]

El Derecho divino se aseguraba su predominio y hegemonía en Dios. Éste había concedido por obra y gracia, la potestad para que sus hijos o representantes gobernaran en su nombre. Este Derecho divino ha sido usado, y sostenido por ciertos personajes, históricamente registrados, como son los Papas y los reyes, que ha continuación vamos a tocar.

1) El Derecho divino de los Papas.-

Una etapa en la historia del poder divino como máxima autoridad, permitió la existencia y vigencia de los "papados". Se había conjugado varios elementos espirituales que llevaron a los Papas a tener el máximo poder. Dios era el eterno Juez, amo y señor del mundo y de los hombres, por lo tanto, sus representantes aquí en la tierra -los papas- eran los que por justicia divina debían y tenían el poder. Dios les otorgaba el poder a tal punto que ellos eran los que homologaban, coronaban a los reyes, transfiriéndoles el poder que Dios les había dado. Si no daban esta especie de venia, rito, transferencia del poder divino, los reyes no podían tener el poder y por lo tanto no podían gobernar y menos tener justo título.

Es necesario decir que en el año 476 el Imperio Romano se iba desintegrando por las constantes luchas y guerras y estaba en peligro de desaparecer. La Iglesia habíase ido infiltrando como único poder consistente a los ojos de los bárbaros y Roma pasó a ser de la ciudad de los Emperadores a la ciudad de los Papas. Roma legó a la Iglesia sus cuadros administrativos y mantuvo la civilización clásica.

La iglesia, con el papado, había tomado fuerza, y su poder -derivado de la divinidad- era la justificante jurídica que legitimaba su accionar. El poder que la Iglesia ejerció, la podemos observar por el lente de la historia que nos relata cómo antaño el saber dominante era la Teología, luego en un nivel subyacente venía la Filosofía y más abajo aún, venía el Derecho; por lo tanto el concepto de Derecho derivaba exclusivamente de cómo se tomaba a la Teología y cuáles eran sus lineamientos valorativos, de manera que las leyes humanas eran determinaciones de la ley natural.

Los Papas habíanse apropiado del poder, monopolizándolo espiritual y materialmente, con lo que comercializaron el perdón de los pecados y la salvación divina. Fundamentaban su poder en el "hecho divino" de ser -decían- los elegidos de Dios como sus representantes en la tierra, y a través de los cuales la tierra iba a recibir su justicia, por eso tenían el derecho de ejercer el poder(19). Esta idea era la primera doctrina del origen divino del poder, por lo que el poder iba directamente de Dios al Papa. El ritual de transferencia del poder consistía en que los Papas ‑como en los cuentos y películas de caballería‑ homologaban el poder de un emperador por medio de una espada que colocaban sobre sus hombros; la espada representaba al poder espiritual que Dios les había dado a los Papas, y estos transferían este poder a los emperadores. Recién allí los reyes eran reconocidos en su poder. Recién allí, podrían ejercer su potestad sobre los hombres. Un reconocimiento oficial, una legitimación jurídica.

¿Qué hacía que los hombres creyeran en esta transmisión del poder de Dios a los papas? Una de las razones puede ser la enorme habilidad para convencer de estos individuos; otra, la necesidad de los hombres de creer en algo, de aferrarse a algo, de vivir de acuerdo a cierta certeza que permita el orden; otra, la esperanza de la recompensa -resurrección, vida eterna, paraíso- , o sea de una vida mejor en el futuro.

La vida enormemente difícil y trabajosa, creó en el hombre un recoveco, hueco, nido, un deseo de felicidad, y ya que se sabía muy lejana e improbable en la vida terrenal, los religiosos crearon otra vida, la de Dios, el paraíso. Esta era la esperanza que los curas les vendieron a la gente. El paraíso a cambio de su conversión y de su dinero, además de su sumisión al único e indiscutible Dios del mundo y del universo, con exclusividad absoluta.

La propuesta religiosa cristiana tenía, tiene, una alucinante forma de encerrar a los hombres en sus fundamentos, y decirles, irónicamente: "elijan". Endulzaban y acaramelaban la "nueva vida", llenándolas de ideas como "felicidad", "vida eterna", "salvación", "amor", "igualdad", etc., todos alicientes perfectos para atrapar a la presa: el fiel creyente, que luego convertían en una relación de dominio legitimado y jurídico.

La astucia de la iglesia fue asombrosa; su influencia emanaba de una propuesta concreta, como ventanas de fuga del martirio y dolor presentes. La Iglesia enviaba la imposición de la creencia en Dios y la justificaba en la salvación, en la vida eterna. Mandaba como mandamiento universal dos condiciones de vida: Dios, o la muerte; la resurrección en Dios o la muerte en el pecado. Era una propuesta con "trampita", como poniendo al hombre entre la espada y la pared.

El entrampamiento de la libertad de elección era aplastante. La iglesia deslizó la idea de que el hombre podía elegir, pero sólo una era la elección correcta: Dios. Todo acto contrario equivalía al infierno. No había escapatoria. Así para asumir una de las opciones -la salvación en Dios, o la condena en el infierno- era necesario condenarse o a la vida eterna y las restricciones que ello significaba, o al eterno castigo.

La iglesia construía la evidente y clara fórmula para llegar a ser lo que no somos, y nos imponía la idea y la acción de ser lo que "Dios", -el poder- quiere que seamos, no importaba lo que seamos, sino lo que deseaban que fuéramos. Errar, equivocarse era equivalente a no seguir a Dios, y se infiltró el prejuicio de que el error -no seguir la línea de Dios- era lo más vil e inhumano, y por consecuencia digno de castigo.

Falta una observación, Por ejemplo, si te dijeran: "te ofrezco la vida eterna en el paraíso, o el castigo eterno en el infierno, sólo una de esas dos opciones, no otra tercera, ninguna más" ¿cuál elegirías? La respuesta es obvia. Es precisamente esa la forma que aplicaron en el reino del papado para imponer a Dios. Aceptar la primera opción significa someterse, caminar por los caminos que ya te han hecho, coger tu vista y taparla con un trapo, caminar a ciegas, por fe, esperanza, resignación, o qué sé yo. Y si eliges la segunda opción significa someterte a las consecuencias, esto indica que tendrás que hacer tu propio camino, que tendrás que aventurarte, que tendrás que elegir tú mismo lo que puedes o no puedes hacer, mejor dicho, que tendrás que formarte tu propio criterio, tu propio mundo, tu propia visión, y por consiguiente ser tú mismo tu propio creador, que por supuesto la Iglesia no permitía.

Por otro lado, los hombres hemos tenido el instinto natural, pero generalmente reprimido por algún concepto impuesto por el poder, de seguir nuestros deseos, que han sido bloqueados y atrofiados siempre.

El Papado se presentaba como poder proveniente de una entidad superior, omnipresente, omnisciente, que todo lo ve, que todo lo puede; que justificaba de por qué el poder no lo tiene el hombre por su propio esfuerzo, sino por la gracia divina; teoría muy hábilmente usada por los Papas para tener acceso y perpetuarse en el poder.

El reinado del Papado proponía que Dios era la fuente del Poder, el resto -argumentaban- era simple delegación, homologación, interpretación, vínculos entre la divinidad y la concesión del poder en la tierra. Luego el Derecho se conformaba de acuerdo a esta teoría.

2) Derecho divino de los Reyes.-

La teoría del derecho divino de los reyes fue una hábil estrategia utilizada por los reyes -captando la tonalidad de su tiempo- también para justificar, proteger y expandir su poder.

El mundo occidental había aceptado la jerarquía del poder en cuya cima se hallaba, como principio máximo, Dios, o la teología. Era necesario ir con la corriente ideológica de los tiempos, aprovechar los ríos sociológicos del poder; si la gente creía en el poder como una exclusiva facultad de Dios, era menester que él, Dios, y sólo él pudiera delegarla (el poder). Esta idea de delegación e intermediación la sembraron los religiosos, que pretendieron ser puentes entre el pueblo y Dios.

Así que los reyes, para ejercer su poder necesitaban, como elemento constitutivo, del reconocimiento, homologación de la iglesia -para ser aceptados por toda esa sociedad imbuida de religiosidad-, lo que les restaba autonomía, independencia absoluta de cualquier otro poder. Era necesario desligarse del hilo homologador que restaba poder a los reyes, eliminar los obstáculos del reconocimiento del poder y de su legitimidad que permitiera su vigencia, desencadenarse de las cadenas que hacían a los reyes necesitar de otro poder, además de asegurar el poder mediante la herencia y no la homologación de la iglesia.

Por todo lo anterior, los reyes mediante una nueva teoría se emanciparían del poder y exigencia de homologación de los Papas. Era la teoría absoluta de los Estuardo, los reyes absolutos de Inglaterra, por la cual Dios derivaba su poder a la dinastía. Así los reyes se liberarán de la necesidad de ser homologados o coronados por los papas y aseguraban el reinado de sus hijos por medio de la herencia. El poder divino de ahora en adelante iría directamente de Dios a los Reyes y a su dinastía. Con esto el Papa no podía desconocer, homologar, ni coronar los nacimientos. Surge algo así como la dictadura del nacimiento, y el afianzamiento del poder en una sola estirpe.

Desde ese momento el azar -ser hijo de reyes- era suficiente justificación divina para la continuidad en el poder, ya no ser homologado por Papas, sino ser hijo de reyes. De esta forma los reyes creían -o les convenía creer y hacer creer- que Dios los había elegido como gobernantes.

Esta fue la manera cómo el Rey iba despojándose de las ataduras que le impedían gobernar y permanecer en el poder. Antes de esto: "La autoridad del rey era una autoridad vacilante, es decir, no era absoluta ni central; esa autoridad se hallaba contrapesada por otras muchas instituciones que podían levantar la cabeza frente al rey; entre estas instituciones estaban las Ordenes de la Caballería, la Iglesia, los obispados, las ciudades libres y las tierras de señorío. Había grandes señores, y como en esa época no había ejércitos permanentes, cada señor tenía su ejército, y el rey necesitaba de ellos para poder hacer la guerra, de modo que en ciertas circunstancias, si los señores se ponían de acuerdo, la autoridad del rey se convertía casi en un mito, en una cosa nominal."[11]. Una nueva era había empezado, producto de la ruptura entre el papado y los reyes. Entre la iglesia y la corona.

b.- Poder humano.-

Este fenómeno supone el rompimiento del poder Divino como eje supremo para acceder al Poder y al Derecho, y es el nacimiento de la modernidad, del principio moderno, que tiene como centro al hombre. Según esta concepción el Poder y el Derecho vienen del hombre.

1) La Teoría del Contrato.-

El contrato de los hombres como fuente del poder y del Derecho, es asumido por el temor a la guerra y al caos. Según Hobbes -parafraseado por Grondona- sostiene que: " el poder proviene de un contrato entre los hombres que aterrados ante la guerra civil, deciden que alguien mande sin limitación legal. Es que los hombres consideran mejor la dictadura de uno solo que la dictadura de todos. El orden es el valor más elemental de una sociedad, es como respirar. Cuando hay orden, uno se olvida que lo hay. Cuando no hay orden, hacemos cualquier cosa por restituirlo."(...) "Hay algo peor que el despotismo: la anarquía."[12]

El miedo al caos total, a la imposición de la ley de la selva urbana hace que los hombres cedan parte de su libertad para, por intermedio de un contrato, gozar de orden, seguridad y certidumbre. El miedo a la anarquía es mayor al de la dictadura.

La anarquía significaba, para estos hombres, una sociedad en desorden total, en la cual nadie podría tener la mínima seguridad de que se respetaran sus derechos e intereses. Una concepción muy distinta a la que nos sugiere Manuel González Prada, que formulaba a la anarquía como la independencia del hombre de órdenes sociales, limitativos y frustrantes de la inventiva humana. González Prada pensaba por anarquía, a la capacidad del hombre de autogobernarse, de ser responsable de sus actos.

La anarquía, para otros, era como la placenta del caos; no era conveniente a los intereses permanentes de propiedad y poder. Distanciada del sentido que Prada proponía, exaltando la reivindicación de un autogobierno, de fuerza individual y propia de los hombres capaces, inteligentes e independientes.

Con el contrato hay toda una regeneración, convulsión, replanteamiento total del origen del poder. La inmanente necesidad del orden, las luchas de poder pervierten el orden anterior y dan luz a un nuevo engendro: el contrato social. Es la partida de nacimiento de la nueva sociedad en donde los monarcas son mostrados, trayendo el pensamiento de Hobbes, como déspotas y crueles que venían a poner orden con cuchillo, por lo que Hobbes propone el Contrato.

Hay desde allí un giro en la concepción del orden jurídico, una nueva concepción de cómo debe y debería ser la estructura social, política y jurídica.

Este nuevo replanteamiento del orden jurídico hace que el poder -como facultad proveniente de la divinidad, (Dios), de la naturaleza- sea negado, y nace la idea del contrato como el nuevo y mejor orden para el gobierno de las sociedades. El poder, desde ese momento sólo se podría obtener a través del Contrato, "Este giro de Dios al contrato será fundamental para el liberalismo. El origen del poder ya no es místico. No proviene de la naturaleza ‑como decía Aristóteles‑ ni de Dios a través de la Iglesia o a través del Rey. En Locke, el contrato lo hacen hombres libres y racionales para fundar un poder limitado; el origen del poder somos nosotros mismos. "Tú tienes tanto poder cuanto yo te he dado." Lo que hay en el origen de la sociedad es el poder que yo tengo sobre mí mismo. Cada uno de nosotros tiene un poder soberano, y entre todos decidimos fundar un poder que nunca tendrá más prerrogativas que aquellas que le hayamos dado. En Locke se humaniza la idea del poder, se hace secular y "moderna". Ya no hay elementos religiosos ni despóticos en el poder. Lo que hay es el derecho de cada hombre, que cede libremente cierto poder a un gobierno para que garantice la vida en sociedad."[13]

Locke pretende demostrar, con un viso alentador e idealista, que lo mejor era entregar el poder en manos de todos, imponiendo un nuevo y suculento orden en donde todos, por voluntad propia -según la teoría- podrían elegir el tipo de gobernante y la clase de gobierno que quisieran se imponga en la sociedad en la cual viven, sometiéndose a la voluntad de la mayoría y a sus límites. La alternativa parece subyugante y razonable, los planteamientos teóricos bien argumentados, la estrategia de delegación aritmética, el cálculo de la mayoría aparentemente más equilibrado ¿qué podría fallar? La falla la hallaríamos en el propio hombre -si se concibiera al hombre como una máquina, rígida e incapaz de cambiar-, que tiene un movible instinto de negación y autonegación, de reformulación constante y permanente de su estilo de vida. El hombre que no es matemáticamente programable, sino que es circunstancial y complejo. En esta medida el Derecho tiene que ser también movible, en constante dinamismo.

Triunfa, sin embargo, el contrato, y el hombre se desengarza de las cuerdas, cadenas religiosas, naturales, y se engarza en una nueva cuerda, "el contrato" que viene a cumplir la misma función que las anteriores posiciones, la de ser la nueva justificación del poder, o del porqué alguien tiene poder. Con el nacimiento del contrato surge una nueva estructura gubernamental que se consolida en el Estado.

Al aceptar la sociedad el planteamiento del nuevo orden social a través del contrato, decide por el mismo -la sociedad- delegar poder a lo que luego se denominaría Estado, que surge como ente de este nuevo régimen de poder. Su función es la de gobernar, organizar la sociedad.

El nuevo orden se efectivizará con el nacimiento y el acta de partida, y luego todos los otros actos jurídicos que registran a qué Estado pertenece uno, por ejemplo, firmar un contrato de nacionalización es adecuarse a las normas de ese Estado al cual nos estamos nacionalizando, sujetarnos por voluntad propia a sus normas y reglas, y tener derecho por este mismo acto a participar de la dirección de la sociedad a la que empezamos a pertenecer.

Así nace la sociedad política que es lo que nosotros denominamos: Estado, que denota otra concepción del mundo y sus normas, otro sentido de ver el mundo, de entenderlo, de conducirlo; se da un paso de las leyes naturales a las leyes contractuales, políticas. "Lo que funda el paso de la sociedad natural a la sociedad política es que nadie puede tener poder sobre mí si yo no se lo he dado previamente". La base del poder es el consentimiento de los futuros gobernados de delegar su poder. Por este nuevo sistema social los hombres han acordado formar una sociedad política, sociedad en la que habrá un gobierno y en la cual "la mayoría será capaz de gobernar sobre la minoría", que es el principio de la democracia, y en el cual el argumento de Locke sobre la mayoría es el siguiente: como los individuos son distintos ‑y ellos son la realidad final de la sociedad‑ va a haber naturalmente diferencias de opiniones; por lo tanto, si consintieron en vivir juntos han aceptado necesariamente el principio de la mayoría porque si no existiera este principio no podrían vivir juntos."[14]

La sociedad política, o lo que podríamos denominar el "Estado" según la descripción que nos hace Grondona sobre el Liberalismo, se forma debido a que los hombres frente a una sociedad gobernada por leyes naturales (o sea donde cada cual tiene el derecho a su propiedad, pero además tiene que él mismo protegerla, sin intermediación alguna) y en donde las personas viven en estado confuso, incierto, "donde nadie conoce exactamente sus derechos y deberes", el hombre prefiere agruparse en lo que se llama "sociedad política", porque según Locke: "han querido abandonar una condición en la cual, si bien eran libres, estaban llenos de miedos y peligros".

Frente a la creación de la moneda, y a la consecuente acumulación de riqueza, era necesario preservar estos, y ¿qué mejor seguro que la propia sociedad -que puede atacarlo, que puede robarle- firme un contrato para decir que se respetarán los intereses individuales, o de lo contrario tendrá que ser responsable de ello y castigado? Así se forma el Estado que Grondona hablando de Locke nos explica, recordando que "alguien dijo que Locke imagina al Estado como una sociedad de seguros: nos hemos reunido para lograr que nuestros derechos estuvieran más y no menos protegidos". El consentimiento general era necesario para el contrato social.

Es tal vez necesario anotar que hubo otras formas de poder no establecidas jurídicamente, pero sí legítimamente reconocidas por la sociedad. Por ejemplo, en el renacimiento hubo una clara exposición del nacimiento de nuevas formas de poder, fuera de los reconocidos (reyes, iglesias, etc.). Por ejemplo, el poder no institucionalizado, pero tácito y vigente de una familia, la de los Médicis, que en Italia ejercían su autoridad por su gran prestigio y poder de acción. Una clara muestra de expresión de poder. Fuera de instituciones u órdenes legales se estableció el poder por consenso. "Los Médicis, sin llegar a desempeñar durante mucho tiempo ninguna función específica de gobierno, fueron convirtiéndose, paulatinamente, en los árbitros de la vida florentina. Eran, pues, gentes muy poderosas social y económicamente, muy cultas, muy influyentes, y prácticamente no se tomaba ninguna decisión sin tener la opinión de los Médicis. De este modo, paulatinamente, el jefe de la familia vino a transformarse, sin título, sin cargo, sin función, en el jefe de hecho del Estado florentino. Eran quienes gobernaban, dominaban, dirigían, sin desempeñar ninguna función pública, y esta preeminencia fue heredándose de padres a hijos, desde Cosme "el Viejo", que fue en realidad el que llevó a su apogeo el prestigio y el poder de la familia, hasta sus descendientes, que iban sucediéndose, con interrupciones, de padres a hijos como jefes de la familia y del negocio bancario y como directores del gobierno y de la política florentina."[15]

Volviendo al contrato, éste fue para el Derecho el lineamiento moderno a seguir. El hombre había ganado independencia, y liberándose de la hegemonía de la divinidad como condición de organización social, usaba de su libertad para decidir cómo y quién iba a gobernarlo. El Derecho ya no sería más un principio metafísico, que surgía de las oscuras elucubraciones místicas o divinas, era ahora la razón, y la voluntad de los hombres, que a través de un contrato hacían su destino y creaban ellos mismo el Derecho.


[1]Diez Picazo, Luis. Experiencias jurídicas y teoría del Derecho. Madrid, Editorial Ariel, 1975, p. 72.

[2]Cabanellas de Torres, Guillermo. Diccionario. Buenos Aires, Heliasta, 1982, p. 247.

[3]Deleuze, Gilles. Foucault. España, Ediciones Paidos, 1987, p. 99. El subrayado es nuestro.

[4]Cabanellas de Torres, Guillermo. Diccionario. Buenos Aires, Heliasta, 1982, p.135.

[5]Deleuze, Gilles. Foucault. España, Ediciones Paidos, 1987, p. 99-100

[6] Ibid. p. 100.

[7] Ibid. p. 100.

[8] Ibid. p. 102.

[9]Ibid. p. 104-105.

[10] Foucault, Michel. La Verdad y la Formas Jurídicas. México, Editorial Gedisa, 1983, p. 24.

[11]Uslar Pietri, Arturo. Valores Humanos. Madrid .Tomo II, EditoralMediterraneo‑Diego de León, , 1972, p. 26.

[12]Grondona, Mariano. Los Pensadores de la Libertad…,. Sudamericana, 3ra. Edición, diciembre 1986, p. 14.

[13]Ibid. p. 16.

[14]Ibid. p. 20

[15]Uslar Pietri, Arturo. Valores Humanos. (Biografías y evocaciones), Tomo II, EditoralMediterraneo‑Diego de León, Madrid, 1972, p. 8.

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